El Ayuntamiento de Ejea abre una línea de ayudas para las personas emprendedoras

El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros ha convocado las subvenciones de apoyo a las personas emprendedoras del municipio de Ejea para el año 2015. El plazo de presentación de solicitudes termina el 15 de noviembre. Aquellas personas que deseen ampliar la información respecto a la presente convocatoria pueden ponerse en contacto de Sofejea a través de dos modos: llamando al teléfono 976 677 277 (de lunes a viernes y de 9 a 15 horas) o a través del correo electrónico gestionsofejea@aytoejea.es Beneficiarios Las personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica perteneciente a estos sectores: industria, comercio, servicios, agricultura y ganadería en el municipio de Ejea. Los solicitantes deberán ostentar la condición de trabajadora y trabajador autónomo o micropyme, adoptando cualquier forma jurídica Requisitos Para acogerse a estas ayudas los solicitantes deberán haberse establecido como trabajadores autónomos o haberse constituido como sociedad en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 15 de noviembre de 2015, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar empadronados en Ejea (personas físicas) o tener su sede social en Ejea de los Caballeros (personas jurídicas).
  • Darse de alta en el Censo de Impuesto de Actividades Económicas
  • Estar desempleado previamente a la fecha de inicio de la actividad. A los efectos de estas bases se consideraran personas desempleadas los demandantes de empleo, no ocupados, que estén registrados en los Servicios Públicos de Empleo. En el caso de personas jurídicas al menos uno de los socios deberá ser desempleado.
  • Haberse dado de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional, y en el caso de personas jurídicas presentar al menos un contrato de un trabajador a jornada completa o el alta como trabajador autónomo de uno de los socios.
  • En el caso de tratarse de trabajadoras y trabajadores autónomos o sociedades que se dediquen a la agricultura y la ganadería, el trabajador o trabajadora autónomos o los socios deberán de ser menores de 40 años de edad en el momento de darse de alta en el Censo de Actividades Económicas
Quedarán excluidos las trabajadoras y trabajadores autónomos colaboradores. A los efectos de la presente convocatoria se considera como inicio de actividad la fecha que conste en el alta del Censo de Actividades Económicas Gastos subvencionables Se considerarán gastos subvencionables aquellos que  sin ningún género de dudas respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se hayan realizado entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y el día de solicitud de la subvención. Serán gastos objeto de subvención los que a continuación se relacionan: proyectos técnicos de obra;  publicidad;  asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa; alta en suministros tales como agua, gas, luz, etcétera;  proyectos de I+D+i y obtención de patentes; alquileres de espacios municipales tales como el Vivero de Empresas.;  implantación de nuevas tecnologías creación de página Web, en e-comerce, etc.); impuestos o tasas que graven el inicio de la actividad y no sean susceptibles de recuperación o compensación;  participación y asistencia a congresos y ferias; gastos de notaría y registro; alquileres de locales afectos a la actividad; inversiones en activos fijos,  rehabilitación y acondicionamiento de local. No se considerará subvencionable el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo cuando el beneficiario de la ayuda no deba efectuar declaración de dicho impuesto. Periodo subvencionable  Las actuaciones objeto de subvención deberán llevarse a cabo en el período comprendido entre 1 de enero de 2015 y 15 de noviembre de 2015.    Cuantía de la subvención La cuantía máxima de la subvención que se puede concederé a cada beneficiario no podrá superar los 1.000 euros.   Presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de noviembre de 2015. Se deberá presentar toda la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Ejea. [descarga titulo=»Bases de las subvenciones » enlace=»http://www.sofejea.com/wp-content/uploads/2015/10/Bases-y-convocatorias-de-las-subvenciones-en-materia-de-apoyo-a-personas-emprendedoras-del-municipio-de-Ejea-de-los-Caballeros-año-2015.pdf»] [descarga titulo=»Anexo I» enlace=»http://www.sofejea.com/wp-content/uploads/2015/10/Anexo-I-Solicitud.doc»] [descarga titulo=»Anexo II» enlace=»http://www.sofejea.com/wp-content/uploads/2015/10/Anexo-II-Declaración-responsable.doc»] [descarga titulo=»Anexo III» enlace=»http://www.sofejea.com/wp-content/uploads/2015/10/Anexo-III-Declaración-MICROPYME.doc»] [descarga titulo=»Anexo IV» enlace=»ttp://www.sofejea.com/wp-content/uploads/2015/10/Bases-y-convocatorias-de-las-subvenciones-en-materia-de-apoyo-a-personas-emprendedoras-del-municipio-de-Ejea-de-los-Caballeros-año-2015.pdf«]]]>